La LPI, suspendida por el Tribunal Supremo

Esta noche hemos sabido que el Tribunal Supremo ha suspendido la Ley de Propiedad Intelectual (Ley Lasalle, Ley Sinde, o Ley Sinde-Wert), al poner la pelota en el tejado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con una serie de preguntas que le plantea a este.

 

El canon de la discordia

 

El canon por copia privada es la razón de todo esto. Tras los recursos interpuestos por VEGAP, EGEDA y DAMA (entidades de gestión de derechos), el Tribunal Supremo puso en duda la legitimidad de este canon dentro de la UE. Por lo tanto este tribunal discurre que, si se prueba esta ilegitimidad, esta ley no sería compatible con la directiva de la UE.

 

Para que lo entendamos mejor, explicaré un poco qué es el canon por copia privada de manera rápida. Al principio, a los dispositivos que pudieran utilizarse para hacer copias privadas de cualquier documento, como pendrives, CDs, DVDs o discos duros, por ejemplo, se les añadía un sobrecoste destinado a compensar la pérdida causada a los autores por la realización de las posibles copias privadas que pudieran hacerse: el canon digital. Este canon fue muy discutido y muy poco aceptado (por no decir nada aceptado) por los ciudadanos, ya que era como querer encerrar a una persona que comprara un cuchillo porque tenía la posibilidad de matar a alguien con él. Se “multaba” antes de cometer ningún tipo de mal, y a todo el mundo de forma sistemática. Por ello este sistema se retiró, y en su lugar se impuso un pago a costa del Estado. Este cambio tampoco gustó demasiado, pues recordaba mucho al dicho “salir de Guatemala para meterse en Guatepeor”. Es este pago el que ahora se pone en entredicho, y con él se suspende toda la LPI de forma cautelar.

 

 

Las entidades de gestión quieren más

 

Como habréis leído arriba, y seguramente os haya sorprendido, las impulsoras de esto han sido tres entidades de gestión. Estas entidades entienden que con este método de pago se les está perjudicando: cobran menos que antes. Así, prefieren el modelo del anterior Canon Digital, que les reportaba más beneficios cobrándole directamente a todos los consumidores, como se deduce de las declaraciones que hicieron sobre la nueva medida: “No resulta suficiente para cubrir las necesidades”.

 

Mucho dinero

 

¿Qué ha hecho el Tribunal Supremo para que se suspenda, de momento, la LPI?

 

El alto tribunal ha planteado dos interrogantes al Tribunal de Justicia de la UE, de modo que, hasta que no se resuelvan estas dudas, la legitimidad de esta ley está en duda y no podrá ser aplicada. Así, la reforma de la LPI queda parada antes de llegar al Senado (¡después de la prisa que se dieron en julio!). Las cuestiones planteadas son las siguientes:

 

"¿Es conforme al art. 5.2.b) de la Directiva 2001/29 un sistema de compensación equitativa por copia privada que, tomando como base de estimación el perjuicio efectivamente causado, se sufraga con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, sin que resulte por ello posible asegurar que el coste de dicha compensación sea soportado por los usuarios de copias privadas?".

 

"Si la anterior cuestión recibiese una respuesta afirmativa, ¿es conforme al art. 5.2.b) de la Directiva 2001/29 que la cantidad total destinada por los Presupuestos Generales del Estado a la compensación equitativa por copia privada, aun siendo calculada con base en el perjuicio efectivamente causado, deba fijarse dentro de los límites presupuestarios establecidos para cada ejercicio?".

 

 

¿Y ahora qué?

 

El Gobierno no puede decir que no se lo esperara, ya que el Consejo de Estado emitió un informe en el que se quejaba por la retirada del Canon Digital y mencionaba que el sistema recién implantado, con cargo a los presupuestos generales del Estado, “podría ser admisible y podría encajar en el Derecho europeo”. Podría ser, o podría ser que no. Claro no estaba, desde luego, y además se mencionaba que no había medida similar en ningún lugar de la UE, llegándose a pedir la revisión de los artículos 25 y 31 de la LPI para “garantizar su ajuste con el Derecho europeo”.

 

 

Ahora toca esperar a ver qué dicen desde la UE. Ya que están, podrían aprovechar para pronunciarse sobre otras cuestiones de la LPI, como por ejemplo el Canon AEDE, que tanta controversia está trayendo, tanto entre los ciudadanos como entre las grandes corporaciones y otros medios de comunicación. Como muestra encontramos qe se ha creado la Coalición Pro Internet, un grupo de empresas, organizaciones y particulares que están contra esta medida por considerarla totalmente inadecuada y fuera de lugar. Dentro de este grupo encontramos a la Asociación de Internautas, la Asociación de Editores de Prensa, Menéame, Google, EcoInteligencia Editorial o 20minutos.es, por poner varios ejemplos. Recientemente se ha sabido que Wikipedia (Wikimedia España) acaba de unirse a este grupo, brindándoles así un apoyo más.

 

 

 Nos queda esperar a ver si, finalmente, las medidas recogidas en la LPI son retiradas para siempre o no. Y en caso de que sí, esperemos que no se les ocurra otra medida peor, que para esto sí que tienen imaginación y "soluciones" a porrillo.

 

 

Fuentes:

 

Relacionadas:

- Noticias sobre al Ley Sinde

- Noticias sobre Piratería

- Noticias sobre Represión en Internet

 


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