La Universidad Autónoma de Barcelona recurre la Sentencia en
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La Universidad Autónoma de Barcelona recurre la Sentencia en
CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) ha ganado la demanda que interpuso en el Juzgado Mercantil 2 de Barcelona a la Universitat Autónoma de Barcelona (UAB) el 25 de marzo de 2012 por no respetar los derechos de autor en su campus virtual.
La sentencia obliga a “retirar en el plazo de 15 días y mediante el borrado correspondiente, todos los ficheros y contenidos digitales existentes que contengan obras, en forma total o parcial, de libros protegidos por la asociación de gestión de derechos de autor Cedro”.
Los archivos conteniendo manuales o libros académicos, están a disposición de los estudiantes en el espacio virtual que abre cada profesor con los materiales relacionados con su asignatura, lo que incluye apuntes de clase, presentaciones o fragmentos de obras protegidas.
“La demandada ha llevado a cabo una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción y comunicación pública ilícitas de obras protegidas por los derechos de autor, vulneradora de derechos de propiedad intelectual”, se dice en el fallo del tribunal.
La Universidad deberá pedir permiso para reproducir esos contenidos e indemnizar a la asociación por daños y perjuicios por la cantidad de 15.091 euros. Pero lo más importante es que también debería abonar cinco euros por alumno matriculado desde el curso 2010/2011 y siguientes hasta que la sentencia sea firme, esa cantidad podría ascender a 238.575 euros por cada año.
Según CEDRO, “esta demanda se presentó tras varias invitaciones a la UAB para que regularizara la reproducción y comunicación pública de las obras de nuestro repertorio”. Asimismo considera que esta sentencia es importante porque se reafirma la necesidad de respetar los derechos de autor en el ámbito universitario y asegura que no beneficia a nadie que “los rectores sitúen a la Universidad española en el marco de la ilegalidad, algo que no ocurre en ningún país desarrollado”.
En opinión del juez, la actuación de la UAB no puede quedar amparada por la libertad de cátedra, porque “los derechos tienen sus límites y esos no son otros, en este caso, que los derechos de los autores y los editores”.
CEDRO ha emitido un comunicado en el que lamenta el rechazo a las repetidas invitaciones que hizo a la UAB para que regularizara la reproducción de las obras de su repertorio y manifiesta que ha presentado demandas similares contra la Universidad Carlos III de Madrid y la Universidad de Barcelona (UB)
Esta sentencia supone un duro varapalo a las universidades que a partir de ahora mirarán con lupa los contenidos que alojan en sus servidores, y es de suponer que se generará un borrado masivo de posibles contenidos con derecho de autor.
Respetamos la propiedad intelectual y el derecho a obtener un beneficio de su trabajo por los autores de los libros de texto, pero nos encontramos con una extraña paradoja con esta sentencia: ¿Por qué un estudiante podrá utilizar un libro impreso de una biblioteca de la Universidad sin pagar ni un euro por ello, y sin embargo no podrá usar el mismo libro en versión digital? Es como si los tribunales y las empresas de gestión de derechos de autor se empecinaran en detener el desarrollo tecnológico y el acceso a la cultura, precisamente en el ámbito donde más implementación debería de tener.
Actualmente hay suficiente tecnología para que una biblioteca digital, funcione prácticamente con los mismo atributos que una de libros impresos, se puede prestar un libro digital por un periodo de por ejemplo 15 días y que luego se autoborre de nuestro PC, Tablet o eReader, se pueden comprar los derechos de propiedad intelectual de 10 ebooks por ejemplo y conseguir que cuando se preste uno, se bloquee en el servidor hasta que se devuelva por el estudiante y así siguiendo, las posibilidades técnicas son infinitas, pero la voluntad de las administraciones universitarias no creo que esté tan clara ni dirigida hacia una total implementación de estas facilidades en las facultades.
Por otra parte, apuntes ha habido siempre circulando por todas las facultades de la Universidad, nos encontramos con el mismo problema ¿No hay forma de llegar a un acuerdo para que se abandone de una vez el papel impreso? Los avances tecnológicos están sólo hacen falta voluntades para que se apliquen.
Solo en EE.UU. se emplean al año 1.5 millones de toneladas métricas de madera por la industria papelera, a parte de la contaminación producida por los vertidos a los ríos y las emisiones producidas en el proceso de fabricación del papel. ¿Hasta cuando seguiremos esquilmando los bosques?.
Los profesores tendrían que tener en cuenta que un libro digital, cuesta aproximadamente un 50 o 60% menos que un libro en papel, por lo que al eliminar el coste de producción del árbol, su tala, transporte, almacenaje, transformación en pasta de papel, transporte, almacenaje, impresión, nuevamente transporte y almacenamiento y de nuevo transporte para distribuirlo, se abaratan los costes, por lo que los márgenes que quedan para el autor de la obra, pasan del 10 o 15% actuales a un tramo del 50 al 70%, por supuesto de un precio menor pero que sería superior al beneficio que obtienen actualmente. Con lo que los estudiantes verían que los libros caros que tienen que comprar ahora, verían reducido su precio a la mitad y a pesar de ello, los profesores seguirían ganando incluso más dinero.
En Universidades como la UNED esto sería un gran avance posiblemente sea una de las que tiene más alumnos matriculados en España, pero con la dificultad de obligaciones familiares y laborales que les impide una asistencia presencial, la implantación completa de un sistema virtual y la digitalización de todos sus contenidos, facilitaría enormemente la docencia. ¿Conseguiremos ver esto algún día? Con el permiso de CEDRO y las administraciones públicas puede ser, pero tendrán que hablar entre sí y llegar a soluciones imaginativas si no, serán los tribunales los que decidan aplicando la ley como en el caso que nos ocupa.
Es muy penoso que la falta de diálogo y de imaginación de los que tienen el poder en este país obligue al final a los jueces a aportar soluciones dentro del marco de la Ley, que por otra parte en ocasiones como esta, está obsoleta ante los avances de la técnica.
La Universidad Autónoma de Barcelona como era de esperar, ha anunciado el martes pasado que recurrirá ante la Audiencia Provincial, la sentencia en la que es condenada.
La UAB ha calificado el fallo de "desproporcionado" y ha asegurado que la universidad ha mantenido un respeto firme hacia los titulares de los derechos de propiedad intelectual en la explotación de las obras protegidas por estos derechos, también asegura que ha acreditado el "correcto desarrollo de la actividad docente" que imparte su campus virtual, y ha alegado que respeta la legalidad.
Por ello, entiende que "hay elementos suficientes para revocar la sentencia de instancia"
Fuente: El Economista
Re: La Universidad Autónoma de Barcelona recurre la Sentenci
A mi no me termina de quedar claro el funcionamiento de CEDRO aunque ya he leído varios artículos al respecto. De hecho añado el siguiente en relación a su "definición" y al reparto de los ingresos que obtienen:
" ¿Qué es CEDRO?
El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) (para mayor información http://www.cedro.org) es la asociación sin ánimo de lucro de autores y editores de libros, revistas y otras publicaciones, editadas en cualquier medio y soporte, que se encarga de defender y gestionar de forma colectiva sus derechos de propiedad intelectual de tipo patrimonial (reproducción, transformación, comunicación pública y distribución). Fue autorizado para ello en 1988 por el Ministerio de Cultura, al amparo de la Ley de Propiedad Intelectual.
La misión de CEDRO es mejorar en España las condiciones de trabajo de los creadores de la cultura escrita (escritores, traductores, periodistas y editores) y facilitar a los ciudadanos el acceso legal a libros, revistas y otras publicaciones, editadas en cualquier medio y soporte.
Las principales funciones y servicios de CEDRO son:
• el reparto entre autores y editores de los derechos económicos que les corresponden por la utilización de sus obras,
• la función social: el desarrollo de actividades y servicios de formación, promoción y asistencia para autores y editores,
• la gestión colectiva del derecho de remuneración por copia privada,
• la concesión de autorizaciones o licencias para la utilización de las obras de su repertorio,
• la defensa de los intereses de sus socios ante los tribunales de justicia y otras instituciones nacionales e internacionales,
• la difusión y la concienciación social acerca de los principios del Derecho de Autor.
CEDRO gestiona colectivamente los derechos de sus socios en otros países y forma parte de la Federación de Entidades de Gestión de Derechos de Reproducción.
Entre las principales funciones de CEDRO se encuentra la recaudación de derechos económicos que genera la utilización de obras protegidas por el Derecho de Autor y su posterior reparto entre sus correspondientes titulares.
Recaudación
CEDRO recauda cada año los derechos económicos generados por la reproducción de las obras objeto de su gestión y los reparte entre sus legítimos titulares, autores y editores.
Existen tres vías de recaudación de derechos por reproducción mediante fotocopias de obras impresas protegidas por el Derecho de Autor:
- Remuneración compensatoria por copia privada: la Ley de Propiedad Intelectual establece un canon que están obligados a pagar a CEDRO los fabricantes e importadores de máquinas fotocopiadoras para compensar a los titulares de derechos de autor por las copias de sus obras que se realizan para uso privado, que según la Ley no requieren autorización.
- Copia licenciada: remuneración que se obtiene como contraprestación por las licencias que CEDRO concede a copisterías, universidades y otras instituciones para la reproducción parcial de las obras que integran su repertorio.
- Copia del extranjero: recaudación procedente de las entidades extranjeras homólogas a CEDRO por las reproducciones de obras españolas en otros países.
En los últimos cinco años, la recaudación ha sido la siguiente:
Años Derechos recaudados
(en millones de euros)
2001 11,01
2002 12,27
2003 16,19
2004 26,94
2005 30,15
Reparto
Cada año CEDRO reparte entre sus correspondientes titulares los derechos económicos que recauda durante el ejercicio anterior, una vez descontadas las cantidades destinadas a:
• desarrollar la función social prevista por la Ley (formación, promoción y asistencia de autores y editores),
• al fondo que establecen los Estatutos de CEDRO (acciones y servicios en beneficio de sus miembros), y
• hacer frente a los gastos de administración.
El reparto de derechos se realiza de acuerdo con un Reglamento aprobado por la Asamblea General de Asociados de la Entidad. El Reglamento de Reparto está definido con el objetivo de que la distribución de derechos resulte equitativa y proporcional y excluya todo tipo de arbitrariedad, tal y como establece la Ley de Propiedad Intelectual.
El reparto consiste básicamente en asignar un valor económico a cada obra objeto de reparto y distribuirlo entre sus correspondientes titulares de derechos. Por regla general, del valor asignado a cada obra corresponde un 55% al autor o autores y en un 45% a la editorial.
Entran en el reparto de cada año:
• los libros publicados en los tres años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten,
• las publicaciones periódicas editadas en los dos años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten, y
• las partituras musicales publicadas en los cinco años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten.
El valor que se asigna a cada obra se determina en función de varios criterios:
- Materias: en el caso de los libros, en el reparto se tiene en cuenta su tema o materia. Se asigna a cada una de ellas un porcentaje de los derechos a repartir, en función de su volumen de fotocopiado de acuerdo con el estudio estadístico sobre la fotocopia en España que realiza CEDRO*. La cantidad resultante se reparte entre todas las obras que tengan asignada esa materia en la base de datos de la Agencia Española del ISBN.
- Precio de Venta al Público (PVP): CEDRO tiene en cuenta el PVP de cada libro que entra en el reparto, tal y como figura en la base de datos de la Agencia Nacional del ISBN.
- Números publicados: de cada revista que entra en el periodo de reparto, se tienen en cuenta los números publicados.
*cada cuatro años CEDRO realiza un estudio estadístico, que permite conocer, entre otra información, la distribución por materias de las páginas fotocopiadas de libros editados en España, la distribución de las páginas fotocopiadas por tipo de publicación (libros, revistas, publicaciones periódicas, etc)., el país de origen de la publicación y la distribución de las páginas fotocopiadas por ámbitos de reproducción (copisterías, empresas, centros de enseñanza, organismos de la Administración Pública, bibliotecas, etc.).
Desde que CEDRO inició su actividad, ha repartido 78,18 millones de euros por derechos reprográficos. En los últimos cinco años, las cantidades repartidas han sido las siguientes:
Años Derechos repartidos
(en millones de euros)
2001 6,49
2002 6,86
2003 8,03
2004 11,01
2005 19,01 "
http://www.escritoresdeasturias.es/info ... index.html
Me resulta, cuanto menos, curioso que la estadística en que se basan para conocer las copias realizadas y la distribución de las mismas la realizan ellos mismos.
Así mismo reciben anualmente una cantidad procedente de los presupuestos generales del estado, y tal y como se refleja en en siguiente artículo han impugnado una resolución gubernamental según la cual la asignación que se les haría estaría supeditada a los límites presupuestarios establecidos para cada ejercicio.
Habría que investigar un poco mas para saber exactamente que significa esto, pero si lo que pretenden es que su cuantía sea siempre fija sin tener en cuenta el poder recaudatorio del país de cada ejercicio no me parece muy justo en un país que según las últimas noticias supera ya los 6 millones de parados y dónde continuamente se están recortando derechos como la Sanidad y la Educación.
Además, si cobran directamente a las entidades y a los particulares por los derechos de "autor" y reciben también asignación procedente de los presupuestos generales. ¿No están cobrando 2 veces por lo mismo?
"CEDRO, la entidad que gestiona los derechos de autor y de propiedad intelectual de los autores y editores españoles, ha impugnado ante el Tribunal Supremo el Real Decreto que regula, entre otras cuestiones, cómo determina el Gobierno la cuantía anual para dotar en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) la compensación por copia privada.
La entidad ha explicado en un comunicado que ha iniciado esta acción porque el Real Decreto supedita la cuantificación de esta compensación a los límites presupuestarios establecidos para cada ejercicio y no tiene en cuenta el "daño real que los titulares de derechos de autor sufren por las copias privadas de sus obras".
"Este daño es precisamente el criterio por el que tienen que ser compensados los autores y editores, tal y como establece la Directiva 29/2001, y como refrendó el pasado enero el mediador europeo Antonio Vitorino", ha explicado CEDRO. Esta impugnación es otra de las acciones que la entidad ha iniciado para "conseguir una compensación justa para autores y editores por la copia privada de sus obras, tras el cambio de sistema que el Gobierno decidió en diciembre del 2011"."
http://www.elmundo.es/elmundo/2013/03/0 ... 86180.html
Por último comentar, y esto viene ligado también al artículo sobre la reclamación de la eliminación del DRM.
¿Es justo, equitativo y legal? el hecho de que compres un comic con DRM y que no te lo puedas instalar en tu tablet si no tienes el reproductor "adecuado" cuando has pagado por ello. Yo creo que no.
Un saludo.
Leyendo: En cualquier caso, ningún remordimiento. Pino Cacucci.
Último leído: Matar al padre, Amèlie Nothomb.